Información del Tribunal
Tarifas de presentación
Reclamación máxima: $12,500 · Formularios requeridos: SC-100, SC-104
| Monto reclamado | Tarifa |
|---|---|
| $1 – $1,500 | $30 |
| $1,501 – $5,000 | $50 |
| $5,001 – $12,500 | $75 |
Exención de tarifas disponible si califica (formulario FW-001).
Cómo presentar
Presente su caso de reclamos menores en la Corte Superior del Condado de Yolo, 1000 Main Street, Woodland, CA 95695 — la única sede de reclamos menores del condado (línea de Civil/Reclamos Menores: (530) 406-6704). Lleve el formulario SC-100 completo (Demanda del Demandante y ORDEN de Comparecer ante la Corte de Reclamos Menores) junto con la tarifa de presentación, o una solicitud de exención de tarifa (formulario FW-001) si no puede pagarla. El Asesor de Reclamos Menores de la corte, (530) 207-4233, ofrece ayuda gratuita para preparar su caso.
Notificación al demandado
Después de presentar su caso, debe notificar al demandado con la demanda al menos 15 días antes de la audiencia si vive en el mismo condado, o 20 días antes si vive en otro lugar de California (CCP §116.340). La notificación puede realizarla el alguacil, un servidor de procesos registrado, o cualquier adulto que no sea parte del caso; presente la prueba de notificación (formulario SC-104) ante la corte antes de su audiencia.
Métodos permitidos: Servicio personal, Servicio por sustitución, Correo certificado
Plazo: Notifique al menos 15 días antes de la audiencia.
Consejos para la audiencia
- Se proporcionan intérpretes gratuitos para las audiencias de Reclamos Menores previa solicitud — para español, solicítelo al menos 3 días hábiles de corte antes de la audiencia; para otros idiomas, al menos 5 días hábiles de corte antes, llamando al Coordinador de Intérpretes al (530) 406-6708.
- Conforme a la Regla Local 2.4, la corte autoriza la comparecencia remota por video o teléfono en procedimientos civiles y publica un número de acceso por teléfono/video para cada departamento — pero queda a discreción del juez si su audiencia puede realizarse de forma remota; revise su aviso de audiencia para saber si se requiere un aviso de intención de comparecer remotamente.
- Está prohibido grabar, transmitir o retransmitir cualquier procedimiento judicial (Regla de la Corte 1.150), y se espera que los participantes remotos se presenten de forma adecuada como si comparecieran en persona.
- Llame al Asesor de Reclamos Menores al (530) 207-4233 para obtener ayuda gratuita en la preparación de su caso antes de la audiencia.
✓ Intérpretes disponibles ✓ Se permite comparecencia telefónica
Conozca sus derechos bajo la ley de California
El Código Civil de California § 1950.5 exige a los arrendadores devolver su depósito o proporcionar un estado detallado dentro de 21 días de la mudanza. Si no lo hacen, puede tener derecho a recuperar su depósito más hasta 2 veces el monto del depósito en daños estatutarios.
Lea la guía completa de la Ley de Depósito de Seguridad de California →
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