Información del Tribunal
Tarifas de presentación
Reclamación máxima: $12,500 · Formularios requeridos: SC-100, SC-104
| Monto reclamado | Tarifa |
|---|---|
| $1 – $1,500 | $30 |
| $1,501 – $5,000 | $50 |
| $5,001 – $12,500 | $75 |
Exención de tarifas disponible si califica (formulario FW-001).
Cómo presentar
El Condado de Siskiyou tiene un único tribunal para reclamos menores: la Corte Superior ubicada en 411 Fourth Street, Yreka, CA 96097. Las presentaciones de reclamos menores son de presentación electrónica opcional (según la Regla Local 2.23) a través de cualquiera de los Proveedores de Servicios de Presentación Electrónica aprobados por la corte, o puede presentar en persona en la ventanilla de servicio público. Lleve el formulario SC-100 (Demanda de Reclamos Menores) y la tarifa de presentación, o una solicitud de exención de tarifa (formulario FW-001) si no puede pagarla.
Notificación al demandado
Notifique al demandado al menos 15 días antes de la audiencia (20 días si el demandado vive fuera del Condado de Siskiyou). Presente la prueba de notificación (SC-104) ante la corte antes de la audiencia.
Métodos permitidos: Servicio personal, Servicio por sustitución, Correo certificado
Plazo: Notifique al menos 15 días antes de la audiencia.
Consejos para la audiencia
- La corte usa Zoom para comparecencias remotas por video y teléfono; para una audiencia o juicio de reclamos menores, debe presentar un Aviso de Comparecencia Remota (formulario RA-010) al menos 10 días hábiles de corte antes de la audiencia.
- Los intérpretes designados por la corte se proporcionan sin costo en casos penales, de tránsito y otros tipos de casos obligatorios; para reclamos menores (un asunto civil) se proporciona un intérprete solo cuando hay uno disponible, así que solicítelo (formulario INT-300, presentado en la ventanilla de servicio público o por correo electrónico a Interpreter@siskiyou.courts.ca.gov) al menos 5 días antes de su audiencia — si no hay ninguno disponible, es posible que deba conseguir el suyo propio.
- El Centro de Autoayuda de la corte puede referirlo a un Asesor de Reclamos Menores para ayudarle a preparar su caso; comuníquese con el Facilitador de Derecho Familiar/Abogado de Autoayuda en facilitator@siskiyou.courts.ca.gov.
✓ Intérpretes disponibles ✓ Se permite comparecencia telefónica
Conozca sus derechos bajo la ley de California
El Código Civil de California § 1950.5 exige a los arrendadores devolver su depósito o proporcionar un estado detallado dentro de 21 días de la mudanza. Si no lo hacen, puede tener derecho a recuperar su depósito más hasta 2 veces el monto del depósito en daños estatutarios.
Lea la guía completa de la Ley de Depósito de Seguridad de California →
Déjenos manejar el trabajo legal
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