Información del Tribunal
Otros Tribunales en Este Condado
Este condado atiende casos de reclamos menores en más de un tribunal. Confirme la ubicación correcta en su Aviso de Audiencia antes de presentar su caso o comparecer.
Tarifas de presentación
Reclamación máxima: $12,500 · Formularios requeridos: SC-100, SC-104
| Monto reclamado | Tarifa |
|---|---|
| $1 – $1,500 | $30 |
| $1,501 – $5,000 | $50 |
| $5,001 – $12,500 | $75 |
Exención de tarifas disponible si califica (formulario FW-001).
Cómo presentar
El Condado de Los Ángeles atiende casos de reclamos menores en 11 tribunales centrales de reclamos menores: Chatsworth, Compton, Downey, Governor George Deukmejian (Long Beach), Inglewood, Michael D. Antonovich (Antelope Valley), Pasadena, Santa Monica, Stanley Mosk (Centro de Los Ángeles), Van Nuys East y West Covina. La Regla Local 2.3 exige presentar su caso en el tribunal central más cercano o más accesible al lugar donde surgió su reclamo (según la residencia del demandado, la ubicación de la propiedad, o donde ocurrió la lesión o se firmó el contrato) -- use el localizador de tribunales de presentación (Filing Court Locator) de la corte para confirmar la ubicación correcta según su código postal. Presente su caso en persona o por correo en el tribunal correspondiente, o presente electrónicamente a través de un Proveedor de Servicios de Presentación Electrónica (EFSP) aprobado, con una tarifa adicional de servicio de la corte de $2.25. Lleve el formulario completo de Demanda del Demandante y Orden para Ir a la Corte de Reclamos Menores (SC-100) y la tarifa de presentación, o presente una Solicitud de Exención de Cuotas de la Corte (formulario FW-001) si no puede pagarla.
Notificación al demandado
Notifique al demandado con la Demanda y Orden (SC-100) mediante entrega personal o notificación sustituta, a través de un notificador de procesos registrado o cualquier adulto que no sea parte del caso y que no sea usted -- usted no puede notificar los documentos usted mismo. Presente la prueba de notificación ante la corte al menos 5 días antes de la audiencia: use el formulario SC-104 para notificación personal o el SC-104A para notificación sustituta/por correo. La ley estatal (Código de Procedimiento Civil, sección 116.340) exige que el demandado sea notificado efectivamente al menos 15 días antes de la audiencia (20 días si el demandado vive fuera del Condado de Los Ángeles).
Métodos permitidos: Servicio personal, Servicio por sustitución, Correo certificado
Plazo: Notifique al menos 15 días antes de la audiencia.
Consejos para la audiencia
- Todos los litigantes de Reclamos Menores deben registrarse en el programa de Resolución de Disputas en Línea (ODR) de la corte antes de su audiencia programada.
- La evidencia no puede presentarse electrónicamente. Si desea que la corte considere alguna evidencia, envíe una copia a la otra parte y envíe por correo una copia a la corte al menos 10 días antes de la audiencia, usando el formulario obligatorio de Intercambio y Presentación de Evidencia (LASC CIV 278) y la etiqueta de envío (LASC CIV 279), dirigidos al tribunal donde está pendiente su caso -- o deposítela en el buzón de entrega Civil fuera de ese tribunal.
- La corte alienta a las partes a comparecer de forma remota por teléfono o video a través de LA CourtConnect en lugar de asistir en persona.
- Si necesita un intérprete, solicítelo con anticipación a través del portal de solicitud de intérpretes de Reclamos Menores de la corte, el cual ofrece el formulario de solicitud en inglés, armenio, chino, coreano, español y vietnamita.
- Por lo general, los abogados no pueden representarlo durante la audiencia misma (Código de Procedimiento Civil, sección 116.530) -- un abogado puede ayudarle a preparar documentos, pero las presentaciones previas al fallo deben incluir su propia información de contacto, no la del abogado.
✓ Intérpretes disponibles ✓ Se permite comparecencia telefónica
Conozca sus derechos bajo la ley de California
El Código Civil de California § 1950.5 exige a los arrendadores devolver su depósito o proporcionar un estado detallado dentro de 21 días de la mudanza. Si no lo hacen, puede tener derecho a recuperar su depósito más hasta 2 veces el monto del depósito en daños estatutarios.
Lea la guía completa de la Ley de Depósito de Seguridad de California →
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