Información del Tribunal
Tarifas de presentación
Reclamación máxima: $12,500 · Formularios requeridos: SC-100, SC-104
| Monto reclamado | Tarifa |
|---|---|
| $1 – $1,500 | $30 |
| $1,501 – $5,000 | $50 |
| $5,001 – $12,500 | $75 |
Exención de tarifas disponible si califica (formulario FW-001).
Cómo presentar
Presente su caso de reclamos menores en la Corte Superior de California, Condado de Lassen, Hall of Justice, 2610 Riverside Drive, Susanville, CA 96130 — el único juzgado de reclamos menores del condado. Lleve un formulario de Demanda del Demandante (SC-100) completo y pague la tarifa de presentación (o presente una solicitud de exención de tarifa, formulario FW-001); el sitio web de la corte no menciona un portal de presentación electrónica separado para reclamos menores, así que planee presentar su caso en persona o por correo. Las personas físicas pueden reclamar hasta $12,500; las empresas están limitadas a $6,250, y no se pueden presentar más de dos reclamos superiores a $2,500 por año calendario.
Notificación al demandado
Notifique al demandado con la Demanda del Demandante y la Orden de Comparecer ante la Corte de Reclamos Menores al menos 15 días antes de la audiencia si la notificación se realiza dentro de California, o 20 días si se realiza fuera de California, mediante notificación personal, notificación sustituta o correo certificado. Presente la prueba de notificación ante la corte antes de la fecha de la audiencia.
Métodos permitidos: Servicio personal, Servicio por sustitución, Correo certificado
Plazo: Notifique al menos 15 días antes de la audiencia.
Consejos para la audiencia
- Las audiencias de reclamos menores en el Condado de Lassen generalmente se realizan los miércoles a las 2:00 PM en el Departamento 2 — confirme la fecha y hora específicas en su notificación de la corte.
- Llegue temprano, organice su evidencia en orden cronológico y lleve una fotocopia de cada documento para el juez y cada una de las otras partes.
- Lleve a cualquier testigo con el que planee contar para la audiencia.
- Diríjase directamente al juez, no a la otra parte, al presentar su caso.
- Si necesita un intérprete de la corte, solicítelo con anticipación. El programa de comparecencia telefónica CourtCall de la corte se describe para casos civiles, de detención ilegal, de sucesiones y de manutención familiar bajo el Título IV-D, pero los reclamos menores no están incluidos en la lista de tipos de casos elegibles — planee comparecer en persona a menos que la corte le indique lo contrario.
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Conozca sus derechos bajo la ley de California
El Código Civil de California § 1950.5 exige a los arrendadores devolver su depósito o proporcionar un estado detallado dentro de 21 días de la mudanza. Si no lo hacen, puede tener derecho a recuperar su depósito más hasta 2 veces el monto del depósito en daños estatutarios.
Lea la guía completa de la Ley de Depósito de Seguridad de California →
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